En Vilanova i la Geltrú (Cataluña), zona tensionada declarada el 15-mar-2024 (BOE BOE-A-2024-5214), vigente hasta el 15-mar-2027. Ley 24/2015 + Ley 12/2023 — la subida de renta en zona tensionada se limita al IPC del último IPCA (no IPC general, cap 2% 2026). Sin contrato previo en 5 años: límite SERPAVI (art.17.7 activado). Gran tenedor 5+: mínimo entre (renta previa+IPC) y SERPAVI. Prórroga extraordinaria 3 años.
Arrendas a través de una sociedad —SL, empresa— y la duración del contrato no es de 5 años, sino de 7 (art. 9.1 LAU). Las plantillas que no distinguen persona física de jurídica lo redactan mal.
La duración de prórroga obligatoria es 7 años para persona jurídica, no 5; una plantilla que ponga 5 años incumple el art. 9.1 LAU. Las sociedades suelen ser gran tenedor por cartera, lo que suma el límite de renta y la conciliación previa si además están en zona tensionada. En Vilanova i la Geltrú, ContratoListo detecta la condición de zona tensionada y aplica el límite de renta correcto (IPC del último IPCA, no IPC general), para que el contrato de los personas jurídicas y empresas no pueda ser impugnado por una cláusula de actualización ilegal.