contrato en sucesión y herencia · locales comerciales

ContratoListo para contrato en sucesión y herencia en locales comerciales

El alquiler de un local, oficina o establecimiento para el ejercicio de una actividad económica es uso distinto del de vivienda: fianza de dos mensualidades, duración y prórrogas libremente pactadas entre las partes y renta sin el límite legal que sí aplica al alquiler residencial. El flujo en locales comerciales es: firma del contrato de local, oficina o establecimiento → depósito de dos mensualidades de fianza → ejercicio de la actividad económica o comercial del arrendatario → duración y prórrogas según lo libremente pactado.

El fallecimiento del arrendador o del inquilino no extingue el contrato: los herederos se subrogan (art. 13 y 16 LAU) y una plantilla genérica no recoge la sucesión.

El fallecimiento del arrendador transmite el contrato a los herederos (art. 13 LAU) que se subrogan como arrendadores sin necesidad de nuevo contrato. El fallecimiento del inquilino transmite el contrato al cónyuge o conviviente y, en su defecto, a ciertos parientes (art. 16 LAU) que se subrogan. El art. 13 LAU transmite el contrato a los herederos del arrendador fallecido. El art. 16 LAU permite la subrogación del cónyuge, conviviente o ciertos parientes del inquilino fallecido. ContratoListo lo redacta conforme.

El contrato de los contrato en sucesión y herencia en locales comerciales

El alquiler de un local, oficina o establecimiento para el ejercicio de una actividad económica es uso distinto del de vivienda: fianza de dos mensualidades, duración y prórrogas libremente pactadas entre las partes y renta sin el límite legal que sí aplica al alquiler residencial.

Flujo del sector

firma del contrato de local, oficina o establecimiento → depósito de dos mensualidades de fianza → ejercicio de la actividad económica o comercial del arrendatario → duración y prórrogas según lo libremente pactado

Datos que importan para los contrato en sucesión y herencia

El art. 13 LAU transmite el contrato a los herederos del arrendador fallecido
El art. 16 LAU permite la subrogación del cónyuge, conviviente o ciertos parientes del inquilino fallecido
ContratoListo recoge la sucesión y la subrogación en el contrato para evitar dudas tras un fallecimiento

Las 7 funciones de ContratoListo para contrato en sucesión y herencia en locales comerciales

📍Detección de zona tensionada

Detectamos por municipio si tu inmueble está en zona tensionada declarada y aplicamos las cláusulas que la Ley 12/2023 exige ahí.

🏢Detección de gran tenedor

Detectamos si eres gran tenedor (art. 3.k Ley 12/2023: más de 10 inmuebles; Cataluña: 5+ viviendas en zona tensionada) y añadimos las obligaciones que dispara.

📅Duración legal 5/7 años

La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo.

💶Límite de renta en zona tensionada

Si eres gran tenedor en zona tensionada, la renta del nuevo contrato no puede superar el índice de referencia (art. 17.7 LAU). Lo dejamos constado.

🛡️Cláusulas nulas evitadas

Sin las cláusulas nulas que anulan un desahucio: renuncia a derechos, subrogación impedida, gastos de gestoría al inquilino, 'según IPC' sin índice, comunidad sin importe.

📄PDF listo para firmar

El contrato en PDF, conforme a la LAU y la Ley 12/2023, listo para firmar. Regenerado en cada descarga para no acumular versiones.

🔑Fianza legal correcta

La fianza correcta: una mensualidad en vivienda, dos en uso distinto (art. 36.1 LAU). Y el aviso del plazo de depósito en tu CCAA, con FianzaListo.

Preguntas frecuentes

¿ContratoListo sirve para contrato en sucesión y herencia en locales comerciales?
Sí. El fallecimiento del arrendador o del inquilino no extingue el contrato: los herederos se subrogan (art. 13 y 16 LAU) y una plantilla genérica no recoge la sucesión. En locales comerciales, El alquiler de un local, oficina o establecimiento para el ejercicio de una actividad económica es uso distinto del de vivienda: fianza de d
¿El contrato sigue si fallece el propietario?
Sí. El art. 13 LAU transmite el contrato a los herederos del arrendador, que se subrogan sin necesidad de nuevo contrato. ContratoListo recoge la sucesión para que los herederos sepan que continúan.
¿La fianza de un local es distinta de la de vivienda?
Sí: 2 mensualidades de renta en uso distinto del de vivienda (art. 36.1 LAU), frente a 1 mensualidad en vivienda. ContratoListo la fija según el destino del inmueble.

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