Fianza legal correcta para vivienda residencial: La fianza correcta: una mensualidad en vivienda, dos en uso distinto (art. 36.1 LAU). Y el aviso del plazo de depósito en tu CCAA, con FianzaListo. La vivienda habitual es el régimen pleno de la LAU y la Ley 12/2023: fianza de una mensualidad, prórroga obligatoria 5/7 años y prórrogas extraordinarias por vulnerabilidad y zona tensionada.
El art. 36.1 LAU exige fianza de una mensualidad de renta en arrendamiento de vivienda y de dos mensualidades en uso distinto (local, oficina). ContratoListo deja la cuantía correcta según el destino del inmueble y la incluye como cláusula del contrato. Depositada la fianza, el plazo legal de depósito en el organismo autonómico varía por CCAA (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía, C. Valenciana, País Vasco y Galicia 1 mes); ContratoListo te avisa del plazo y te enlaza con FianzaListo, su producto hermano, para trackearlo y no perder el vencimiento.
En vivienda residencial, El alquiler de la vivienda habitual —residencia efectiva y permanente del inquilino— es el régimen pleno de la LAU y la Ley 12/2023: fianza de una mensualidad, prórroga obligatoria de 5/7 años y prórrogas extraordinarias por vulnerabilidad y por zona tensionada. El flujo del sector es firma del contrato de vivienda habitual → depósito de una mensualidad de fianza → residencia efectiva del inquilino en el hogar → actualización anual de la renta por IPC/IRAV → prórroga tácita anual hasta 3 años. Con ContratoListo, fianza de 1 mensualidad (vivienda) o 2 (uso distinto), art. 36.1 lau.
firma del contrato de vivienda habitual → depósito de una mensualidad de fianza → residencia efectiva del inquilino en el hogar → actualización anual de la renta por IPC/IRAV → prórroga tácita anual hasta 3 años. ContratoListo inserta fianza legal correcta en ese flujo: