El alquiler de la vivienda habitual —residencia efectiva y permanente del inquilino— es el régimen pleno de la LAU y la Ley 12/2023: fianza de una mensualidad, prórroga obligatoria de 5/7 años y prórrogas extraordinarias por vulnerabilidad y por zona tensionada. El flujo en vivienda residencial es: firma del contrato de vivienda habitual → depósito de una mensualidad de fianza → residencia efectiva del inquilino en el hogar → actualización anual de la renta por IPC/IRAV → prórroga tácita anual hasta 3 años.
El fallecimiento del arrendador o del inquilino no extingue el contrato: los herederos se subrogan (art. 13 y 16 LAU) y una plantilla genérica no recoge la sucesión.
El fallecimiento del arrendador transmite el contrato a los herederos (art. 13 LAU) que se subrogan como arrendadores sin necesidad de nuevo contrato. El fallecimiento del inquilino transmite el contrato al cónyuge o conviviente y, en su defecto, a ciertos parientes (art. 16 LAU) que se subrogan. El art. 13 LAU transmite el contrato a los herederos del arrendador fallecido. El art. 16 LAU permite la subrogación del cónyuge, conviviente o ciertos parientes del inquilino fallecido. ContratoListo lo redacta conforme.
El alquiler de la vivienda habitual —residencia efectiva y permanente del inquilino— es el régimen pleno de la LAU y la Ley 12/2023: fianza de una mensualidad, prórroga obligatoria de 5/7 años y prórrogas extraordinarias por vulnerabilidad y por zona tensionada.
firma del contrato de vivienda habitual → depósito de una mensualidad de fianza → residencia efectiva del inquilino en el hogar → actualización anual de la renta por IPC/IRAV → prórroga tácita anual hasta 3 años
Detectamos por municipio si tu inmueble está en zona tensionada declarada y aplicamos las cláusulas que la Ley 12/2023 exige ahí.
Detectamos si eres gran tenedor (art. 3.k Ley 12/2023: más de 10 inmuebles; Cataluña: 5+ viviendas en zona tensionada) y añadimos las obligaciones que dispara.
La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo.
Si eres gran tenedor en zona tensionada, la renta del nuevo contrato no puede superar el índice de referencia (art. 17.7 LAU). Lo dejamos constado.
Sin las cláusulas nulas que anulan un desahucio: renuncia a derechos, subrogación impedida, gastos de gestoría al inquilino, 'según IPC' sin índice, comunidad sin importe.
El contrato en PDF, conforme a la LAU y la Ley 12/2023, listo para firmar. Regenerado en cada descarga para no acumular versiones.
La fianza correcta: una mensualidad en vivienda, dos en uso distinto (art. 36.1 LAU). Y el aviso del plazo de depósito en tu CCAA, con FianzaListo.