Fianza legal correcta para propietarios de primer alquiler: La fianza correcta: una mensualidad en vivienda, dos en uso distinto (art. 36.1 LAU). Y el aviso del plazo de depósito en tu CCAA, con FianzaListo. Es tu primer alquiler: no conoces la LAU, te bajas la primera plantilla gratis que encuentras y firmas sin saber que esa plantilla no detecta zona tensionada ni gran tenedor.
El art. 36.1 LAU exige fianza de una mensualidad de renta en arrendamiento de vivienda y de dos mensualidades en uso distinto (local, oficina). ContratoListo deja la cuantía correcta según el destino del inmueble y la incluye como cláusula del contrato. Depositada la fianza, el plazo legal de depósito en el organismo autonómico varía por CCAA (Madrid 30 días hábiles, Cataluña 2 meses, Andalucía, C. Valenciana, País Vasco y Galicia 1 mes); ContratoListo te avisa del plazo y te enlaza con FianzaListo, su producto hermano, para trackearlo y no perder el vencimiento.
El primer alquiler se firma con la plantilla gratis más visible, que suele ser anterior a la Ley 12/2023 y no contempla zona tensionada ni índice de referencia. Sin conocer la ley, el propietario novato acepta cláusulas que le perjudican (renuncia a derechos) o incluye cláusulas nulas que le anulan el desahucio. La Ley 12/2023 cambió la duración, las prórrogas y la renta en zona tensionada; una plantilla anterior ya no es conforme. La fianza obligatoria (1 mensualidad vivienda / 2 uso distinto) se deposita en el organismo de la CCAA en un plazo que varía por comunidad. La actualización de renta debe referir un índice concreto (IRAV), no 'según IPC', desde 2025. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.