Límite de renta en zona tensionada para propietarios de primer alquiler: Si eres gran tenedor en zona tensionada, la renta del nuevo contrato no puede superar el índice de referencia (art. 17.7 LAU). Lo dejamos constado. Es tu primer alquiler: no conoces la LAU, te bajas la primera plantilla gratis que encuentras y firmas sin saber que esa plantilla no detecta zona tensionada ni gran tenedor.
En zona tensionada, la Ley 12/2023 cambia cómo se fija la renta. Si el arrendador es gran tenedor, la renta del nuevo contrato no puede exceder el límite máximo del sistema de índices de precios de referencia que publique su CCAA (art. 17.7 LAU). Si no es gran tenedor, la renta se limita al precio del contrato anterior del inmueble actualizado por el IPC, con una reducción del 5% sobre el índice. ContratoListo distingue los tres casos — fuera de ZT (renta libre pactada), gran tenedor en ZT (límite máximo del índice) y no gran tenedor en ZT (contrato anterior más reducción) — y redacta la cláusula económica que toca en cada uno.
El primer alquiler se firma con la plantilla gratis más visible, que suele ser anterior a la Ley 12/2023 y no contempla zona tensionada ni índice de referencia. Sin conocer la ley, el propietario novato acepta cláusulas que le perjudican (renuncia a derechos) o incluye cláusulas nulas que le anulan el desahucio. La Ley 12/2023 cambió la duración, las prórrogas y la renta en zona tensionada; una plantilla anterior ya no es conforme. La fianza obligatoria (1 mensualidad vivienda / 2 uso distinto) se deposita en el organismo de la CCAA en un plazo que varía por comunidad. La actualización de renta debe referir un índice concreto (IRAV), no 'según IPC', desde 2025. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.