Límite de renta en zona tensionada para propietarios en zona tensionada: Si eres gran tenedor en zona tensionada, la renta del nuevo contrato no puede superar el índice de referencia (art. 17.7 LAU). Lo dejamos constado. Tu inmueble está en un municipio declarado zona tensionada (Cataluña, País Vasco, Navarra o A Coruña) y una cláusula mal redactada o una detección errónea te deja sin poder aplicar el desahucio.
En zona tensionada, la Ley 12/2023 cambia cómo se fija la renta. Si el arrendador es gran tenedor, la renta del nuevo contrato no puede exceder el límite máximo del sistema de índices de precios de referencia que publique su CCAA (art. 17.7 LAU). Si no es gran tenedor, la renta se limita al precio del contrato anterior del inmueble actualizado por el IPC, con una reducción del 5% sobre el índice. ContratoListo distingue los tres casos — fuera de ZT (renta libre pactada), gran tenedor en ZT (límite máximo del índice) y no gran tenedor en ZT (contrato anterior más reducción) — y redacta la cláusula económica que toca en cada uno.
En zona tensionada el límite de renta y las prórrogas extraordinarias cambian, y omitir la cláusula correcta es un incumplimiento que puede invalidar condiciones económicas. Si eres gran tenedor en ZT la renta no puede superar el índice de referencia (art. 17.7 LAU); una plantilla que no distinga gran tenedor te hace firmar una renta que no puedes cobrar. Cataluña declaró 131+ municipios zona tensionada (Resolució TER/2940/2023, modificada por TER/800/2024). Navarra declaró 21 municipios en julio de 2025 y A Coruña el 30 de julio de 2025. En ZT, la prórroga extraordinaria por vulnerabilidad puede alargar el contrato hasta 3 años. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.