Detección de gran tenedor para contrato temporal por causa: Detectamos si eres gran tenedor (art. 3.k Ley 12/2023: más de 10 inmuebles; Cataluña: 5+ viviendas en zona tensionada) y añadimos las obligaciones que dispara. El contrato temporal por causa (art. 12 LAU) no es vivienda habitual: la duración se pacta en función de la causa y, acabada ésta, el contrato se extingue sin prórroga de 5/7 años.
La condición de gran tenedor dispara obligaciones distintas en el contrato: el límite de renta por índice de referencia en zona tensionada (art. 17.7 LAU) y la conciliación previa obligatoria antes de un desahucio por impago. ContratoListo la detecta a partir de tus respuestas: más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o más de 1.500 m² construidos (art. 3.k Ley 12/2023) a nivel estatal, o 5 o más viviendas en zona tensionada si el inmueble está en Cataluña (Ley 24/2015). El umbral catalán sólo aplica en municipios declarados ZT, por eso la detección de gran tenedor depende también de la de zona tensionada.
El temporal por causa exige identificar la causa concreta (trabajo, estudio, necesidad) y pactar la duración en función de ella; sin causa, se presume vivienda habitual con prórroga de 5/7 años. Una plantilla genérica de temporal sin causa definida se recalifica como vivienda habitual y arrastra la prórroga obligatoria. El art. 12 LAU exige causa concreta (trabajo, estudio, necesidad) y duración pactada en función de ella. Sin causa definida, el temporal se presume vivienda habitual con prórroga de 5/7 años. ContratoListo redacta el temporal con la causa, la duración y la cláusula de extinción vinculada a la causa. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.