Detección de gran tenedor para cesión y subarriendo parcial: Detectamos si eres gran tenedor (art. 3.k Ley 12/2023: más de 10 inmuebles; Cataluña: 5+ viviendas en zona tensionada) y añadimos las obligaciones que dispara. La cesión o el subarriendo de la vivienda necesita el consentimiento del arrendador (art. 8 LAU); el subarriendo parcial de una habitación se rige por reglas propias y una plantilla genérica no lo recoge.
La condición de gran tenedor dispara obligaciones distintas en el contrato: el límite de renta por índice de referencia en zona tensionada (art. 17.7 LAU) y la conciliación previa obligatoria antes de un desahucio por impago. ContratoListo la detecta a partir de tus respuestas: más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o más de 1.500 m² construidos (art. 3.k Ley 12/2023) a nivel estatal, o 5 o más viviendas en zona tensionada si el inmueble está en Cataluña (Ley 24/2015). El umbral catalán sólo aplica en municipios declarados ZT, por eso la detección de gran tenedor depende también de la de zona tensionada.
La cesión o el subarriendo de la vivienda exige consentimiento del arrendador (art. 8 LAU); sin él, la cesión es nula y puede romper el contrato. El subarriendo parcial de una habitación tiene reglas propias de fianza y régimen que una plantilla de vivienda entera no contempla. El art. 8 LAU exige consentimiento del arrendador para la cesión o el subarriendo de la vivienda. El subarriendo parcial de habitación tiene régimen y fianza propios que una plantilla genérica no recoge. ContratoListo redacta la cesión o el subarriendo con el consentimiento y las condiciones del arrendador. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.