📅 Duración legal 5/7 años

Duración legal 5/7 años para contrato en sucesión y herencia

Duración legal 5/7 años para contrato en sucesión y herencia: La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. El fallecimiento del arrendador o del inquilino no extingue el contrato: los herederos se subrogan (art. 13 y 16 LAU) y una plantilla genérica no recoge la sucesión.

El art. 9.1 LAU fija el plazo de prórroga obligatoria en 5 años cuando el arrendador es persona física y en 7 años cuando es persona jurídica. Mezclarlos es un error frecuente en plantillas genéricas que invalida el cómputo de prórrogas. ContratoListo pregunta si el arrendador es persona jurídica (empresa, SL, sociedad) y redacta la duración correcta — 60 meses o 84 meses — con la prórroga tácita anual posterior hasta 3 años y las dos prórrogas extraordinarias que añadió la Ley 12/2023: un año por vulnerabilidad económica del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

El fallecimiento del arrendador transmite el contrato a los herederos (art. 13 LAU) que se subrogan como arrendadores sin necesidad de nuevo contrato. El fallecimiento del inquilino transmite el contrato al cónyuge o conviviente y, en su defecto, a ciertos parientes (art. 16 LAU) que se subrogan. El art. 13 LAU transmite el contrato a los herederos del arrendador fallecido. El art. 16 LAU permite la subrogación del cónyuge, conviviente o ciertos parientes del inquilino fallecido. ContratoListo recoge la sucesión y la subrogación en el contrato para evitar dudas tras un fallecimiento. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.

Cómo funciona Duración legal 5/7 años para contrato en sucesión y herencia

  1. 1Indicas si el arrendador es persona física o persona jurídica (empresa, SL).
  2. 2ContratoListo fija la prórroga obligatoria en 60 meses (5 años) o 84 meses (7 años).
  3. 3Añade la prórroga tácita anual posterior y las prórrogas extraordinarias de la Ley 12/2023.

Qué ganas con Duración legal 5/7 años

Preguntas frecuentes

¿Duración legal 5/7 años sirve para contrato en sucesión y herencia?
Sí. La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. El fallecimiento del arrendador o del inquilino no extingue el contrato: los herederos se subrogan (art. 13 y 16 LAU) y una plantilla genérica no recoge la sucesión.
¿La duración es 5 o 7 años?
Depende del arrendador: 5 años (60 meses) si es persona física, 7 años (84 meses) si es persona jurídica, según el art. 9.1 LAU. ContratoListo lo pregunta y redacta el plazo correcto.
¿Qué pasa al terminar la prórroga obligatoria?
Se aplica la prórroga tácita anual hasta 3 años más y, desde la Ley 12/2023, dos prórrogas extraordinarias: un año por vulnerabilidad del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

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