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Cláusulas nulas evitadas para contrato de vivienda protegida (VPO)

Cláusulas nulas evitadas para contrato de vivienda protegida (VPO): Sin las cláusulas nulas que anulan un desahucio: renuncia a derechos, subrogación impedida, gastos de gestoría al inquilino, 'según IPC' sin índice, comunidad sin importe. La vivienda protegida (VPO) tiene régimen propio y precio calificado: la renta máxima, la duración y la fianza se rigen por normativa autonómica distinta de la vivienda libre.

Las cláusulas nulas de pleno derecho son el riesgo invisible de las plantillas genéricas: una cláusula que renuncie a derechos del inquilino (art. 6 LAU), que impida la subrogación por fallecimiento (art. 16 LAU), que repercuta gastos de gestoría al arrendatario, que actualice la renta 'según IPC' sin índice concreto (nula desde 2025, debe constar el IRAV) o que fije la cuota de comunidad sin importe, puede anular el desahucio cuando más falta hace. ContratoListo no las incluye: redacta la actualización con el índice concreto, reparte los gastos conforme al art. 20 LAU y a la STS 1637/2025 (IBI y tasa de basuras repercutibles; comunidad sólo con cuantía anual) y respeta la subrogación.

La VPO tiene renta máxima y precio calificado por normativa autonómica que una plantilla de vivienda libre no respeta. La duración y la fianza de la VPO se rigen por régimen propio de la CCAA, distinto del art. 9 y 36 LAU de vivienda libre. La VPO tiene renta máxima y precio calificado por normativa autonómica, distinta de la vivienda libre. La duración y la fianza de la VPO se rigen por régimen propio de la CCAA. ContratoListo adapta el contrato al régimen protegido para respetar la renta máxima y evitar el reintegro de ayudas. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.

Cómo funciona Cláusulas nulas evitadas para contrato de vivienda protegida (VPO)

  1. 1ContratoListo redacta la cláusula de actualización refiriendo el índice concreto (IRAV), no un genérico 'según IPC'.
  2. 2Reparte los gastos conforme al art. 20 LAU: IBI y tasa de basuras repercutibles; comunidad sólo con importe anual.
  3. 3Respeta la subrogación por fallecimiento y no incluye cláusulas que renuncien a derechos del inquilino.

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Preguntas frecuentes

¿Cláusulas nulas evitadas sirve para contrato de vivienda protegida (VPO)?
Sí. Sin las cláusulas nulas que anulan un desahucio: renuncia a derechos, subrogación impedida, gastos de gestoría al inquilino, 'según IPC' sin índice, comunidad sin importe. La vivienda protegida (VPO) tiene régimen propio y precio calificado: la renta máxima, la duración y la fianza se rigen por normativa autonómica distinta de la vivienda libre.
¿Por qué 'según IPC' es nulo?
Desde 2025, la cláusula de actualización de renta debe referir un índice concreto (el IRAV); la fórmula 'según IPC' sin más se considera nula y deja la actualización sin aplicar.
¿Puedo repercutir la cuota de comunidad al inquilino?
Sí, pero hay que hacer constar la cuantía anual concreta; sin importe, la cláusula es nula. El IBI y la tasa de basuras sí son repercutibles (STS 1637/2025).

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