📅 Duración legal 5/7 años

Duración legal 5/7 años para contrato de vivienda protegida (VPO)

Duración legal 5/7 años para contrato de vivienda protegida (VPO): La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. La vivienda protegida (VPO) tiene régimen propio y precio calificado: la renta máxima, la duración y la fianza se rigen por normativa autonómica distinta de la vivienda libre.

El art. 9.1 LAU fija el plazo de prórroga obligatoria en 5 años cuando el arrendador es persona física y en 7 años cuando es persona jurídica. Mezclarlos es un error frecuente en plantillas genéricas que invalida el cómputo de prórrogas. ContratoListo pregunta si el arrendador es persona jurídica (empresa, SL, sociedad) y redacta la duración correcta — 60 meses o 84 meses — con la prórroga tácita anual posterior hasta 3 años y las dos prórrogas extraordinarias que añadió la Ley 12/2023: un año por vulnerabilidad económica del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

La VPO tiene renta máxima y precio calificado por normativa autonómica que una plantilla de vivienda libre no respeta. La duración y la fianza de la VPO se rigen por régimen propio de la CCAA, distinto del art. 9 y 36 LAU de vivienda libre. La VPO tiene renta máxima y precio calificado por normativa autonómica, distinta de la vivienda libre. La duración y la fianza de la VPO se rigen por régimen propio de la CCAA. ContratoListo adapta el contrato al régimen protegido para respetar la renta máxima y evitar el reintegro de ayudas. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.

Cómo funciona Duración legal 5/7 años para contrato de vivienda protegida (VPO)

  1. 1Indicas si el arrendador es persona física o persona jurídica (empresa, SL).
  2. 2ContratoListo fija la prórroga obligatoria en 60 meses (5 años) o 84 meses (7 años).
  3. 3Añade la prórroga tácita anual posterior y las prórrogas extraordinarias de la Ley 12/2023.

Qué ganas con Duración legal 5/7 años

Preguntas frecuentes

¿Duración legal 5/7 años sirve para contrato de vivienda protegida (VPO)?
Sí. La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. La vivienda protegida (VPO) tiene régimen propio y precio calificado: la renta máxima, la duración y la fianza se rigen por normativa autonómica distinta de la vivienda libre.
¿La duración es 5 o 7 años?
Depende del arrendador: 5 años (60 meses) si es persona física, 7 años (84 meses) si es persona jurídica, según el art. 9.1 LAU. ContratoListo lo pregunta y redacta el plazo correcto.
¿Qué pasa al terminar la prórroga obligatoria?
Se aplica la prórroga tácita anual hasta 3 años más y, desde la Ley 12/2023, dos prórrogas extraordinarias: un año por vulnerabilidad del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

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