📅 Duración legal 5/7 años

Duración legal 5/7 años para propietarios no residentes

Duración legal 5/7 años para propietarios no residentes: La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. Vives fuera de España y alquilas tu piso aquí: la LAU y la Ley 12/2023 te pillan lejos, con plazos, fianzas y cláusulas que una plantilla en inglés o desactualizada no contempla.

El art. 9.1 LAU fija el plazo de prórroga obligatoria en 5 años cuando el arrendador es persona física y en 7 años cuando es persona jurídica. Mezclarlos es un error frecuente en plantillas genéricas que invalida el cómputo de prórrogas. ContratoListo pregunta si el arrendador es persona jurídica (empresa, SL, sociedad) y redacta la duración correcta — 60 meses o 84 meses — con la prórroga tácita anual posterior hasta 3 años y las dos prórrogas extraordinarias que añadió la Ley 12/2023: un año por vulnerabilidad económica del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

El no residente desconoce el detalle autonómico (zona tensionada, plazo de fianza, organismo) y firma plantillas que no detectan su municipio. La retención fiscal del no residente y la fianza obligatoria (1 o 2 mensualidades) se suman a unas cláusulas nulas que, a distancia, son más caras de corregir. El arrendador no residente se rige por la LAU igual que el residente, pero gestiona a distancia los plazos y la fianza autonómica. La fianza y su depósito en el organismo de la CCAA son obligatorios aunque el propietario viva fuera. Las cláusulas nulas se impugnan en España aunque el contrato se haya firmado en el extranjero. ContratoListo lo aplica al redactar tu contrato conforme.

Cómo funciona Duración legal 5/7 años para propietarios no residentes

  1. 1Indicas si el arrendador es persona física o persona jurídica (empresa, SL).
  2. 2ContratoListo fija la prórroga obligatoria en 60 meses (5 años) o 84 meses (7 años).
  3. 3Añade la prórroga tácita anual posterior y las prórrogas extraordinarias de la Ley 12/2023.

Qué ganas con Duración legal 5/7 años

Preguntas frecuentes

¿Duración legal 5/7 años sirve para propietarios no residentes?
Sí. La duración correcta según el arrendador: 5 años si eres persona física, 7 si eres persona jurídica (art. 9.1 LAU). Sin errores de plazo. Vives fuera de España y alquilas tu piso aquí: la LAU y la Ley 12/2023 te pillan lejos, con plazos, fianzas y cláusulas que una plantilla en inglés o desactualizada no contempla.
¿La duración es 5 o 7 años?
Depende del arrendador: 5 años (60 meses) si es persona física, 7 años (84 meses) si es persona jurídica, según el art. 9.1 LAU. ContratoListo lo pregunta y redacta el plazo correcto.
¿Qué pasa al terminar la prórroga obligatoria?
Se aplica la prórroga tácita anual hasta 3 años más y, desde la Ley 12/2023, dos prórrogas extraordinarias: un año por vulnerabilidad del inquilino y hasta tres años en zona tensionada.

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